CANAL ÉTICO
El Canal Ético de Nueva Mutua Sanitaria, Mutua de Seguros a Prima Fija, y sus filiales Tecnología de Salud y Bienestar S.L.U. y Nueva Mutua Brokers forma parte de su Sistema Interno de Información, cuya recepción se gestiona de forma externa por el despacho Gómez-Acebo & Pombo, con la finalidad de reforzar la confianza y la confidencialidad de las fuentes de información.
¿Qué materias son objeto de comunicación por medio de este Canal?
Podrán comunicarse por este Canal cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir:
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a. Infracciones del Derecho de la Unión Europea;
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b. Infracciones penales o graves o muy graves de carácter administrativo, comprendidas -pero no limitadas a- todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
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c. Infracciones de Derecho Laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
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d. Infracciones del Código Ético y de Conducta de NMS y de cualquier otra política o procedimiento interno.
Las quejas o reclamaciones de los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios de seguros, cuentan con un procedimiento específico para su tramitación por medio del Servicio de Atención al Cliente, accesible desde el correo electrónico info@tecnosaludybienestar.com
¿Quién puede utilizar este Canal?
Se encuentran legitimados para utilizar este Canal:
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I. personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena;
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II. autónomos;
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III. personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de nuestra entidad, incluidos los miembros no ejecutivos;
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IV. cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores;
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V. informantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodo de formación con independencia de que perciban o no una remuneración y de aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.
¿Cómo utilizar el Canal Ético?
El procedimiento se inicia mediante comunicación nominativa o anónima a través de este enlace.